Solicitud de Franquicia de Discapacidad

Descripción del trámite 

Este trámite permite a las personas con discapacidad efectuar la solicitud para obtener la Resolución que otorga los beneficios establecidos en el artículo 48 (importación de un vehículo) y/o en el artículo 49 (importación de mercancías) de la ley 20.422.

El trámite de realizará en forma electrónica de acuerdo a las especificaciones técnico-informáticas definidas por Aduanas.

Detalles del beneficio:

Artículo 48

Permite importar un vehículo nuevo o usado, desde el extranjero o desde zona franca, pagando el 50% del Arancel Aduanero que corresponda aplicar. Además, posibilita acceder al pago del IVA en hasta 36 cuotas, previa solicitud al Servicio de Impuestos Internos.

El vehículo es para el uso y traslado de la persona con discapacidad, debiendo estar siempre en el interior del mismo cuando éste se traslade.

Los vehículos importados bajo esta franquicia, deberán permanecer, por un lapso no inferior a 3 años, afectos al transporte y uso de las personas con discapacidad.

Artículo 49

Permite importar las mercancías señaladas en la ley, liberadas del Arancel Aduanero, además de poder acceder al pago de IVA en cuotas.

Las mercancías importadas deben tener relación con la discapacidad que presenta la persona y deberán permanecer, por un lapso no inferior a 3 años desde su importación, afectas al uso de las personas con discapacidad.

Quién puede realizar o a quién está dirigido el trámite

El trámite digital pueden realizarlo personas naturales con discapacidad, que actúen por sí mismas o por medio de sus guardadores, cuidadores o representantes legales o contractuales o bien las personas jurídicas sin fines de lucro, que, de conformidad con sus estatutos, actúen en el ámbito de la discapacidad, y tengan por objeto la asistencia, cuidado o apoyo de personas con discapacidad.

Qué se necesita para hacer el trámite

  1. Tener la Clave Única que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación.
  2. Completar el formulario de solicitud correspondiente.
  3. Tener certificado de discapacidad otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación
  4. Tener Resolución de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), correspondiente al domicilio de la persona interesada, que mencione los elementos opcionales constitutivos del equipo especial del vehículo a importar (para acceder al beneficio otorgado por el artículo 48)
  5. En caso que las personas con discapacidad actúen representadas por sus guardadores, cuidadores o representantes legales o contractuales, éstos deberán acompañar, además, fotocopia simple de su respectiva cédula de identidad y copia autorizada de la sentencia judicial, con certificado de ejecutoria, del instrumento público en el que conste su personería con certificado de vigencia, según corresponda, con una vigencia no superior a 60 días, o instrumento privado suscrito ante notario.
  6. En el caso que el solicitante hubiere hecho uso de la franquicia con anterioridad, deberá indicarlo en su solicitud y deberá además acompañar un certificado de inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados, correspondiente al último vehículo importado al amparo de la ley N° 20.422; y el comprobante de pago del Impuesto al Valor Agregado emitido por el Servicio de Impuestos Internos, cuando se hubiere pagado en cuotas, o del documento que acredite su pago al contado y de los gravámenes aduaneros relativos al último vehículo importado, acogiéndose a las normas de la referida ley. Para acreditar el pago deberá presentarse un Certificado de Pago emitido por la Tesorería General de la República.

Cómo y dónde realizar el trámite

El trámite para la solicitud franquicia de discapacitados está disponible durante todo el año en el sitio web de Aduanas.

La solicitud puede realizarse ingresando directamente al siguiente link: https://servicios.aduana.cl/sgdoc/ext

También se puede realizar en forma presencial, en la Aduana correspondiente al domicilio de la persona con discapacidad.

   En línea: 

  1. Haga clic en ir al trámite e "Iniciar Sesión” con Clave Única.
  2. Ingrese su Clave Única.
  3. Seleccione el trámite que corresponda, en este caso, “Franquicia Discapacidad”.
  4. Haga clic en “Nueva Solicitud”.
  5. Seleccione el Tipo de Solicitud.
  6. Complete los datos requeridos y adjunte la documentación solicitada según el tipo de solicitud y haga clic en "Enviar Solicitud".

Como resultado del trámite, habrá ingresado la solicitud. 

   En oficina:

  1. Reúna la documentación requerida.
  2. Diríjase a las Oficinas del Servicio Nacional de Aduanas correspondiente al domicilio de la persona con discapacidad
  3. Explique el motivo de su visita: Solicitar Franquicia de discapacidad.
  4. Entregue los antecedente requeridos.

Como resultado del trámite, habrá ingresado la solicitud.

Costo del trámite: No tiene costo.

Vigencia del beneficio: La Resolución que otorga el beneficio tiene vigencia indefinida, salvo tratándose de las personas con discapacidad que sean reevaluadas por el COMPIN, con posterioridad a la emisión de la Resolución.

Marco legal: 

Resolución Afecta Nº 56, de 13.04.2017, Servicio Nacional de Aduanas

Resolución Afecta Nº 106, de 14.11.2019, Servicio Nacional de Aduanas

Resolución Afecta Nº 11, de 07.11.2021, Servicio Nacional de Aduanas

Ley Nº 20.422, de 10.02.2010, Ministerio de Planificación