Beneficios y Franquicias

Franquicia por Donaciones

Instituciones de beneficencia o asistencia social, deportistas chilenos o investigadores, municipalidades y establecimientos de enseñanza pública, son parte de los beneficiarios de esta franquicia, que propicia internar a través de las fronteras nacionales algunas mercancías procedentes del extranjero, sin tener que pagar por ellas derechos de aduana e IVA, en la medida que sean consignadas como donaciones o socorros.

Las mercancías procedentes del extranjero que ingresen al país como donaciones o socorros se encuentran libres del pago de los derechos de aduana y del IVA, en la medida que sean consignadas a fundaciones, corporaciones o universidades. El resto de las personas jurídicas deben realizar el pago de IVA.

En el caso de los vehículos motorizados que lleguen en esta calidad, se encuentran afectos al pago de impuestos, aun cuando estén destinados exclusivamente al transporte de personas.

[ ¿Quiénes pueden acceder a este beneficio? ]

  • Gobierno (Ministerios, Servicios Públicos)
  • Municipalidades (excepto Corporaciones Municipales)
  • Instituciones de Beneficencia o de Asistencia Social
  • Establecimientos de Enseñanza Pública
  • Universidades reconocidas por el Estado
  • Establecimientos de enseñanza privada, gratuitos, que no persigan fines de lucro.
  • Particulares que reciban mercancías procedentes de instituciones públicas extranjeras, como premio para investigaciones científicas o con análogos fines.
  • Deportistas chilenos que importen sus trofeos, copas y otros objetos artísticos ganados en el extranjero.
  • Comunidades, monasterios o iglesias que reciban -por parte de instituciones dedicadas a los oficios del culto– libros, revistas, folletos u otros impresos para su propio servicio o para su distribución gratuita.
  • Chilenos que hayan obtenido premios otorgados y mercancías donadas en el exterior, con ocasión y con motivo de
  • Competencias y Concursos Internacionales en los cuales hayan obtenido la máxima distinción.

[ ¿Dónde se solicita y tramita?]

El representante legal o Director del Servicio beneficiado, deberá presentar una solicitud al Director Regional o Administrador de Aduana, correspondiente a la Aduana por donde ingresarán las mercancías, llegadas como donación o socorro, solicitando la aplicación del beneficio.


[ ¿Qué documentos se deben presentar? ]

  • Certificado de Donación original Factura original
  • Estatutos con vigencia al día que acrediten el carácter de Institución de Beneficencia o de Asistencia Social, cuando corresponda.
  • Documentos de la Municipalidad respectiva; Certificado de Vigencia, por el Ministerio de Justicia, tratándose de Corporaciones o Fundaciones.
  • Certificado del Ministerio de Educación, para establecimientos educacionales gratuitos o subvencionados, que no sean Universidades, que no persiguen fines de lucro.
  • Certificado del Ministerio de Hacienda, para los Servicios Públicos, certificando la autorización para aceptar la donación, cualquiera sea el monto que tenga.